Política pública · ISO/IEC 17021-1 §5.2
La imparcialidad no se declara: se estructura.
G-CERTI publica los siete compromisos que garantizan la imparcialidad de cada auditoría y de cada decisión de certificación. Son condiciones operativas auditables por IAS, no enunciados de marketing.
Vigente desde 2026-05-18 · Revisión trimestral · Auditable bajo IAS MSCB-113
Marco normativo
Compromiso público con ISO/IEC 17021-1 §5.2.
La cláusula 5.2 del estándar internacional para organismos de certificación exige imparcialidad demostrable, mecanismos públicos de salvaguarda y separación efectiva de toda actividad que pueda comprometer la objetividad del juicio. G-CERTI adopta ese marco como condición de operación, no como aspiración.
Lo no negociable. Ninguna relación comercial, ningún volumen de facturación, ningún cliente y ninguna instrucción interna puede modificar el resultado técnico de una auditoría. Esta página describe las salvaguardas que hacen que esa afirmación sea verificable.
Siete compromisos verificables
Los siete pilares de la imparcialidad.
Cada compromiso está consagrado en política firmada, es auditable por IAS durante sus evaluaciones periódicas y queda registrado en la documentación operativa de cada proyecto de certificación.
01 · Compromiso
Adhesión expresa a ISO/IEC 17021-1 §5.2
G-CERTI declara públicamente su sujeción al estándar internacional aplicable a organismos de certificación. La cláusula 5.2 sobre imparcialidad no se interpreta de manera flexible: se cumple literalmente y se documenta en cada expediente de auditoría.
Evidencia · Manual del Sistema de Gestión
02 · Compromiso
Separación jurídica entre certificación e implementación
La actividad de certificación (G-CERTI, operada regionalmente por IAC LATAM S.A.) está jurídica y societariamente separada de la actividad de consultoría e implementación de sistemas de gestión (ISO Advance S.A.). Son personas jurídicas distintas, con gobierno diferenciado y sin relación operativa entre proyectos.
Evidencia · Estatutos societarios
03 · Compromiso
Rotación obligatoria de auditores
Ningún auditor líder puede auditar a la misma organización por más de dos ciclos consecutivos. La rotación se ejecuta sin excepciones comerciales, queda registrada en el expediente del cliente y es verificable durante las evaluaciones de IAS.
Evidencia · Registro de asignaciones por cliente
04 · Compromiso
Comité de Imparcialidad activo
Órgano independiente que revisa trimestralmente la operación, evalúa potenciales conflictos de interés, audita la rotación de auditores y resuelve denuncias de imparcialidad. Sus decisiones son vinculantes para la dirección operativa de G-CERTI.
Evidencia · Actas trimestrales
05 · Compromiso
Canal público de denuncias
Toda parte interesada —cliente, auditor, autoridad regulatoria, ciudadano— puede presentar una denuncia formal por conflicto de interés. Acuse en 72 horas, resolución máxima en 45 días corridos, identidad del denunciante protegida durante todo el proceso.
Evidencia · imparcialidad@gcerti.org
06 · Compromiso
Embargo de 24 meses
Una organización que haya recibido consultoría o implementación por una entidad vinculada no puede ser auditada por G-CERTI durante los 24 meses siguientes a la finalización de ese servicio. El plazo es superior al exigido por el estándar y no admite excepciones por contrato comercial.
Evidencia · Declaración de independencia por proyecto
07 · Compromiso
Contabilidad y cuentas bancarias separadas
La certificación y la implementación operan con contabilidades independientes, cuentas bancarias distintas y libros societarios separados. No existe flujo financiero entre actividades que pueda crear incentivo cruzado. Esta separación contable es auditable por contador externo y por la propia IAS.
Evidencia · Estados contables firmados por contador independiente
Separación estructural
Certificación e implementación: dos entidades, sin puente.
La pregunta correcta no es si una marca declara imparcialidad, sino si su estructura societaria la hace posible. Esta es la nuestra.
Certificación
G-CERTI · IAC LATAM S.A.
Organismo de certificación. Diseña, ejecuta y decide auditorías de tercera parte bajo el esquema acreditado por IAS MSCB-113 e IAF MLA.
- Función: auditar y certificar
- Acreditación: IAS MSCB-113 · IAF MLA
- No realiza: consultoría, implementación, asesoría previa a la auditoría
Implementación
ISO Advance S.A.
Firma de implementación y consultoría en sistemas de gestión. Acompaña a las organizaciones en la preparación de sus sistemas, sin participar en ninguna decisión de certificación.
- Función: implementar y asesorar
- Sin acceso a: decisiones técnicas de certificación
- No realiza: auditorías de tercera parte ni emisión de certificados
Embargo recíproco. Si una organización contrata implementación con ISO Advance S.A., no podrá ser auditada por G-CERTI durante los 24 meses siguientes a la finalización del proyecto. Si una organización fue auditada por G-CERTI, ISO Advance S.A. no puede ofrecerle implementación hasta cumplido el mismo plazo.
Gobierno de imparcialidad
El Comité de Imparcialidad.
Órgano formal con reglamento propio, agenda trimestral y capacidad de decisión vinculante. No es un comité asesor: sus resoluciones son obligatorias para la operación.
Composición y mandato
Quién lo integra y qué decide.
El Comité está presidido por un miembro externo independiente, sin vinculación contractual ni accionaria con G-CERTI ni con entidades vinculadas, y completado por representantes de partes interesadas (academia, industria, profesionales de auditoría). Su mandato es revisar de manera periódica la operación y resolver toda situación que pueda comprometer la imparcialidad.
- Periodicidad: revisión trimestral ordinaria; reuniones extraordinarias por denuncia o alerta interna.
- Alcance: análisis de conflictos de interés, verificación de rotación de auditores, evaluación de denuncias, revisión de relaciones comerciales sensibles.
- Decisiones vinculantes: puede suspender un proyecto de auditoría, exigir cambio de auditor asignado, recomendar terminación de contrato o escalar a la autoridad de acreditación.
- Trazabilidad: actas firmadas disponibles para IAS y, bajo solicitud institucional, para autoridades regulatorias y partes interesadas legítimas.
- Independencia: ningún integrante del Comité audita clientes ni participa en decisiones técnicas de certificación; ningún auditor de G-CERTI integra el Comité.
Cómo denunciar un conflicto
Proceso público de denuncia.
Cualquier persona puede iniciar una denuncia por conflicto de interés. El proceso está documentado, los plazos son contractuales y la identidad del denunciante queda protegida.
| Etapa | Qué ocurre | Plazo |
| 01 · INGRESO | La denuncia se recibe por canal formal (correo institucional o canal documentado). Se asigna número de expediente y se confirma recepción al denunciante. | 72 horas hábiles |
| 02 · ADMISIBILIDAD | El Comité de Imparcialidad evalúa si la denuncia cumple los requisitos formales mínimos. Si requiere información adicional, lo solicita preservando confidencialidad. | 5 días hábiles |
| 03 · INVESTIGACIÓN | Auditoría interna de la operación cuestionada. El auditor o personal involucrado queda excluido del proceso de revisión. Se documentan hallazgos. | 20 días hábiles |
| 04 · RESOLUCIÓN | Decisión vinculante del Comité: archivo, medida correctiva, suspensión de proyecto, cambio de auditor, terminación de contrato o escalamiento a IAS. | Hasta 45 días corridos |
| 05 · COMUNICACIÓN | Notificación al denunciante (preservando confidencialidad de terceros) y registro en bitácora institucional. | 3 días hábiles posteriores |
Protección del denunciante. La identidad del denunciante se protege durante todo el proceso. No se admite represalia comercial, contractual ni laboral contra quien denuncie de buena fe. La protección se extiende a auditores, personal interno y clientes que ejerzan este derecho.
Lo que esta política no admite
Las cuatro líneas rojas.
| No se admite | Por qué |
| CONSULTORÍA PREVIA | Auditar una organización a la que se le prestó consultoría —dentro del embargo de 24 meses— constituye conflicto de interés estructural según ISO/IEC 17021-1 §5.2. |
| DESCUENTO CONDICIONAL | Reducir tarifas a cambio de un resultado de auditoría comprometería la independencia financiera del organismo y la objetividad de la decisión técnica. |
| DECISIÓN POR EL AUDITOR | La decisión de otorgar, mantener, suspender o retirar el certificado nunca la toma quien ejecutó la auditoría: corresponde a un comité técnico independiente. |
| OPACIDAD DEL PROCESO | Toda parte interesada tiene derecho a conocer cómo se decidió en su caso. La trazabilidad documental es condición de operación, no un servicio opcional. |
¿Necesitás denunciar un conflicto de imparcialidad?
Cualquier persona puede iniciar el proceso. Acuse en 72 horas, resolución máxima en 45 días corridos, identidad protegida.